Antes de empezar, muchos clientes nos plantean la misma duda: qué hace una asesoría fiscal y laboral por una empresa que no pueda hacer uno mismo con un programa de facturación y algo de paciencia. La respuesta corta es que no le quitamos una tarea suelta, le quitamos un calendario entero. En Asesoría Insigna trabajamos con autónomos, pymes y empresas, y también con particulares, y lo que suele pesar más no es el tiempo que se ahorra un día concreto, sino dejar de vigilar plazos, requerimientos y obligaciones fiscales que no son su oficio. Aquí le contamos, bloque por bloque, qué deja de hacer usted.

Qué hace una asesoría fiscal y laboral por una empresa

Una asesoría no es solo quien presenta los impuestos al final del trimestre. Son tres frentes que avanzan a la vez y que, si se descuidan por separado, terminan cruzándose en forma de aviso de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.

Lo que marca la diferencia no es la lista, sino que esas áreas se hablan entre ellas. Una nómina mal imputada descuadra la contabilidad; un gasto clasificado a la ligera reaparece en la declaración de la renta o en el cierre. Cuando lo lleva un mismo equipo, el dato se introduce una vez y encaja en los tres sitios.

Lo fiscal: del montón de facturas al modelo presentado

Esta es la parte que más horas invisibles consume, porque no es difícil: es repetitiva y no perdona despistes. El trabajo que dejamos hecho en su lugar sigue siempre el mismo recorrido.

  1. Recogemos las facturas emitidas y recibidas, los extractos bancarios y los justificantes de gasto del periodo.
  2. Revisamos que cada factura cumpla los requisitos formales. Una factura incompleta no es un detalle estético: puede costarle la deducción.
  3. Clasificamos cada apunte, separamos el IVA soportado del repercutido y detectamos lo que no admite deducción o solo la admite en parte.
  4. Calculamos el resultado, se lo explicamos antes de presentar nada y, con su conformidad, presentamos el modelo 303 de IVA y, en los autónomos a los que les corresponde, el modelo 130 de IRPF.
  5. Guardamos el justificante de presentación y anotamos lo que haya que seguir en el periodo siguiente.

Sobre fechas conviene ser prudente: las obligaciones y su periodicidad dependen de su situación concreta, y el calendario lo publica cada año la Agencia Tributaria. Nosotros lo cruzamos con su caso y le avisamos con margen de lo que toca y de lo que tiene que enviarnos, en lugar de que usted tenga que acordarse.

Un caso habitual: el gasto que parece deducible y no lo es

Un ejemplo frecuente es el del vehículo, el móvil o la parte de la vivienda desde la que se trabaja. No son gastos prohibidos ni gastos libres: su tratamiento depende del uso real, de la actividad y de la prueba que pueda aportar. Lo mismo ocurre con una factura a un cliente de otro país, que cambia la forma de emitirla y añade declaraciones informativas. En estos casos no hay respuesta de manual: estudiamos su caso, le decimos qué se sostiene documentalmente y qué no, y dejamos constancia del criterio aplicado por si más adelante hay que justificarlo.

Lo laboral: nóminas y seguros sociales sin sobresaltos

En cuanto hay una sola persona contratada, aparece una rutina mensual que no se puede aplazar. De esto deja de ocuparse usted:

Aquí el valor no está en imprimir una nómina, está en que el documento refleje lo que de verdad ha pasado ese mes y que lo comunicado a la Administración coincida con lo pagado. Cuando no coincide, el problema no se queda en el mes: viaja al cierre del ejercicio y a la declaración del trabajador.

La contabilidad al día y el cierre del ejercicio

Llevar la contabilidad al día no es un requisito burocrático, es lo que le permite saber cómo va su negocio sin esperar a final de año. Registramos los movimientos con periodicidad, conciliamos los bancos, controlamos lo que está pendiente de cobro y de pago, y revisamos que los saldos tengan sentido.

Con eso, el cierre del ejercicio deja de ser una carrera. Se repasan amortizaciones, provisiones y ajustes, se cuadran los saldos y se preparan las cuentas y las declaraciones anuales que correspondan a su forma jurídica. Y antes de cerrar nada, se lo enseñamos: el momento de tomar decisiones es antes de que el ejercicio esté cerrado, no después.

¿Cuánto trabajo le quita al mes una asesoría?

No le vamos a dar un número de horas, porque sería inventado. Depende del volumen de facturas, de si tiene trabajadores y cuántos, de su forma jurídica, de si vende a particulares o a empresas y de si sus clientes están en España o fuera. Lo que sí podemos decirle es qué tipo de trabajo desaparece de su semana: el seguimiento de plazos, el cálculo, la clasificación de gastos, la presentación de modelos, la lectura de notificaciones y la búsqueda de respuestas en foros a preguntas que no deberían resolverse así. En una primera conversación revisamos su situación y le decimos con qué nos encontramos, sin sorpresas.

Lo que sigue siendo suyo

Delegar no es desaparecer. Para que esto funcione, hay tres cosas que siguen de su lado:

Con eso, del resto nos ocupamos nosotros y usted puede dedicar su tiempo a su actividad.

Preguntas frecuentes

¿Puedo llevar yo la contabilidad y dejarles solo las nóminas?

Sí, se puede trabajar por áreas. Conviene saber que, si lo contable y lo laboral van por separado, alguien tiene que cuadrar la información entre ambos, y ese alguien acaba siendo usted. Lo valoramos juntos según su volumen.

Trabajo con clientes de varias comunidades. ¿Importa dónde esté la asesoría?

No es determinante: las presentaciones se hacen por vía electrónica y la documentación puede enviarse en formato digital. Lo que importa es que la comunicación sea fluida y que la documentación nos llegue ordenada.

¿Qué hago si me llega una notificación o un requerimiento?

Nos la envía sin contestar nada por su cuenta y sin dejar pasar los días: estos escritos tienen plazo propio. La revisamos, le explicamos qué le están pidiendo y preparamos la respuesta con la documentación que la respalde.

Lo importante, en pocas líneas

Una asesoría le retira del día a día tres rutinas que no admiten retraso: los impuestos, las nóminas y seguros sociales, y la contabilidad al día que desembocará en el cierre del ejercicio. Usted conserva las decisiones y la obligación de informarnos a tiempo. Puede ver cómo organizamos nuestros servicios de asesoría fiscal, laboral y contable y qué incluye cada área.

Cada negocio es distinto y la normativa cambia de un ejercicio a otro, así que todo lo anterior hay que mirarlo con sus datos delante. Si tiene dudas sobre su caso, escríbanos o llámenos desde la página de contacto y lo revisamos con usted. Hacemos un estudio previo de su situación sin compromiso y, a partir de ahí, le decimos qué haríamos nosotros y qué seguiría estando en sus manos.

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